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Notariales

Aviso

La Embajada de los Estados Unidos en La Paz ha reanudado la provisión limitada de servicios de rutina para ciudadanos estadounidenses.

Datos generales

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La Embajada de los Estados Unidos en La Paz ha reanudado la provisión limitada de servicios de rutina para ciudadanos estadounidenses. Los ciudadanos estadounidenses que requieran servicios de rutina deben programar una cita a través del sistema de citas de Servicios Para Ciudadanos Estadounidenses. Los ciudadanos estadounidenses que requieran servicios consulares de emergencia deben comunicarse con la Sección Consular por correo electrónico: ConsularLaPazACS@state.gov.

Lista de Abogados (PDF 153 KB)

Lista de Traductores (PDF 123 KB)

Aviso Importante

El 7 de Mayo, 2018 Bolivia se adhirió al Convenio de la Apostilla de la Haya. En consecuencia, los documentos públicos emitidos en Estados Unidos que serán utilizados en Bolivia, ya no están sujetos a la obligación del proceso de legalización. Estos documentos estadounidenses deben ser apostillados por la autoridad competente del Estado emisor en los Estados Unidos. Puede encontrar un listado de esas autoridades aquí . Los documentos Federales pueden ser apostillados por la Oficina de Autenticaciones del Departamento de Estado de los Estados Unidos.  Una vez que se obtiene la Apostilla, no se requiere ninguna otra legalización.

La Embajada de Estados Unidos en La Paz ya no ofrecerá el servicio de legalización de documentos públicos emitidos en Bolivia para uso en los Estados Unidos a partir de la fecha señalada. Puede encontrar información sobre cómo obtener una Apostilla para documentos públicos bolivianos en la página electrónica del Ministerio de Relaciones Exteriores aquí.

Información adicional sobre el Convenio de la Apostilla de la Haya y su aplicación puede encontrarse en la página especializada sobre la Apostilla en la página web de la Convención de la Haya.

Scales, Seal, PenServicios Que Podemos Proporcionar

La Unidad de Servicios de Ciudadanos Estadounidenses proporciona servicios notariales limitados similares a aquellos realizados por un notario público en los Estados Unidos. Este servicio está disponible para los ciudadanos estadounidenses y para los ciudadanos extranjeros que necesitan tener documentos certificados ante notario para su uso en los Estados Unidos.

  • Declaración Jurada: Es declaración jurada es una declaración firmada por el declarante. Las declaraciones juradas se utilizan en diversas situaciones y para diversos propósitos. La Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses no puede elaborar declaraciones juradas y tampoco puede aconsejarle sobre el contenido específico necesario en casos individuales. Por favor consulte con un abogado u otro asesor para ese tipo de consultas antes de traer declaraciones juradas para ser procesadas. No firme la declaración jurada antes de venir a la embajada ya que esta tendrá que ser firmada ante un oficial consular, cuyo papel es confirmar la identidad de la persona que hace la declaración.
  • Poder: Un poder le permite a usted designar a alguien para tomar acciones legales en su nombre. Un ejemplo común de esto es el dar Poder a otra persona para comprar o vender una propiedad en los Estados Unidos a su nombre mientras que usted está de viaje. Nosotros no podemos aconsejarle en cuanto al contenido específico del Poder, por lo cual usted quizás desee consultar con un abogado u otro asesor antes  de venir a visitarnos para la certificación de su Poder ante notario.
  • Reconocimiento de Firma: Un reconocimiento de firma es un servicio notarial que verifica que una persona en particular firma un documento. Es de uso frecuente para los acuerdos legales, documentos de negocio, etc. También se utiliza cuando más de dos firmas son requeridas en el documento y no todas las partes que deben firmar se encuentran presentes. Nosotros solamente podemos certificar ante notario (o reconocer) las firmas de los que estén presentes para firmar delante de nosotros o de aquellos que se presenten ante nosotros para verificar en ese momento la firma del documento.
  • Autentica de los documentos sellados y firmados por el Ministerio Boliviano de Asuntos Exteriores. Este servicio se proporciona solamente en la Embajada de los Estados Unidos en La Paz.
Requisitos:
  • Un documento de identidad válido, emitido por el gobierno.
  • Si el documento que usted necesitará certificar ante notario tiene espacios en blanco, asegúrese de completarlo con los datos correctos antes de que usted venga a su cita. No firme el documento antes de venir a la embajada puesto que le requerirán hacerlo ante  un oficial/agente consular.
  • Asegúrese de entender su documento. No se nos permite explicarle su contenido ni traducir el documento para su comprensión.
  • Por favor marque las páginas donde usted y el notario necesiten firmar. El personal consular no puede aconsejarle de ninguna manera en cuanto a lo que se requiere de usted para completar sus documentos, así que venga a la cita completamente preparado.
  • Pague la tarifa apropiada: $50 por sello. Todas las tarifas son pagaderas en dólares americanos o su equivalente en bolivianos al tipo de cambio de la Embajada. No será aceptada una combinación de dólares y bolivianos.
  • Si su documento requiere la presencia de testigos además de la certificación ante notario, usted es responsable de proporcionar estos testigos. El personal consular no puede actuar como testigo. Por favor asegúrese de incluir los nombres de sus testigos para su cita.
Por favor esté consciente de que el oficial/agente consular puede rechazar cualquier servicio notarial cuando:
  • El país de origen no autoriza la provisión de dicho servicio;
  • El documento será utilizado en  transacciones prohibidas por la ley de los Estados Unidos;
  • El oficial/el agente consular cree que el documento será utilizado para un propósito ilegal, incorrecto u hostil para los intereses de los Estados Unidos;
  • El oficial/el agente consular no entiende el documento, debido al idioma o cualquier otra razón.
Debido a disposiciones gubernamentales, no podemos proporcionarle  los siguientes servicios:
  • No podemos proveer la certificación de pasaportes extranjeros para ser usados con un número de identificación individual de impuestos, esto por la regla interina del Servicio de Impuestos Internos
  • Certificado Estadounidense de Autenticidad (Apostille): La embajada no puede ofrecer ningún servicio de Certificado de Autenticidad (Apostille).
  • Autentica/Notarización/Legalización de documentos públicos emitidos en los Estados Unidos: Tales documentos los expedientes o registros vitales (nacimiento, matrimonio, muerte y divorcio) así como también registros académicos, comerciales u otras credenciales. Los oficiales consulares no tienen acceso a los expedientes de la oficina emisora ni tampoco al sello del custodio de estos expedientes.
  • Certificación de Copia Verdadera de Documentos: La Embajada no puede proporcionarle copias verdaderas certificadas documentos académicos, diplomas educativos, extractos de cuentas bancarias, documentos judiciales o cualquier otro documento similar.  Tales peticiones se deben dirigir generalmente a la oficina que emitió el documento en cuestión.  Por ejemplo, las copias verdaderas certificadas de expedientes académicos, deben solicitarse del registrador de la institución que los emitió originalmente.
  • Certificación de Copia Verdadera de Documentos No-Estadounidenses.
  • Garantía de Firma o Garantía de “Medallón”: Los oficiales consulares no están autorizados para proveer servicios de Garantía de Firma/Garantía de “Medallón”. Una Garantía de Firma o Garantía de “Medallón” no es un servicio notarial sino que es en realidad un procedimiento especial relacionado con la seguridad, este procedimiento puede ser ejecutado únicamente por un representante autorizado de la entidad financiera participante en el programa aprobado por la Comisión Seguridad y Valores de los Estados Unidos (SEC).

Para poder proporcionar un servicio de atención al cliente más eficaz, La Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses y las Agencia Consular de Santa Cruz tienen un sistema de citas para todos los asuntos que no son de emergencia, incluyendo los servicios notariales. Le solicitamos  que usted haga una cita antes de su visita.  La PazSanta Cruz. Este sistema permite que usted planee su visita con antelación, asegure tiempos de espera más cortos y permite un manejo más eficiente de los casos individuales. Solamente clientes con citas serán admitidos en la Sección Consular para todos los asuntos que no sean de emergencia.