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EEUU anuncia reasignación del volumen de cuota de importación de azúcar de caña en bruto desde Bolivia
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junio 29, 2019

Washington, D.C. – La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) anunció hoy la reasignación de las asignaciones no utilizadas específicas por país dentro del contingente, y por orden de llegada, en virtud de los contingentes arancelarios para el azúcar de caña en bruto importado durante el año fiscal 2019 (del 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019). La cuota de reasignación a Bolivia para el año 2019 es de 1.239 toneladas métricas adicionales a la inicialmente otorgada.

Los contingentes arancelarios permiten a los países exportar cantidades específicas de un producto a Estados Unidos a un arancel relativamente bajo, pero someten todas las importaciones del producto por encima de cierto umbral predeterminado a un arancel más elevado.

El 29 de junio de 2018, el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) anunció el establecimiento de la cantidad dentro del contingente para el azúcar de caña en bruto para el año fiscal 2019. La cantidad dentro del contingente para los contingentes arancelarios sobre el azúcar de caña en bruto para el año fiscal 2019 es 1.117.195 toneladas métricas valor crudo (MTRV), que es la cantidad mínima que Estados Unidos está comprometido a adquirir en virtud del Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC). El 17 de julio de 2018, el USTR notificó las asignaciones para cada país de la cantidad dentro del contingente para el año fiscal 2019 del contingente arancelario de la OMC para el azúcar de caña en bruto importado. Sobre la base de consultas con los titulares de las cuotas, el Representante Comercial de Estados Unidos ha determinado reasignar 100,071 MTRV de la cantidad del contingente arancelario original de los países que han declarado que no planean proveer sus cantidades de azúcar de caña en bruto asignadas para el año fiscal 2019.

Estas asignaciones se basan en los envíos históricos de esos países a Estados Unidos. Las asignaciones del contingente arancelario de la OMC de azúcar de caña en bruto a países que son importadores netos de azúcar están condicionadas a la recepción de las verificaciones de origen apropiadas y además las importaciones de cualquier país para el cual se haya proporcionado una asignación deben estar acompañadas de certificados de elegibilidad de cuotas.

Para ver la nota de prensa original de USTR visite: https://ustr.gov/about-us/policy-offices/press-office/press-releases/2019/june/ustr-announces-reallocation-unused